¿Puedo comprar una vivienda en España sin ser residente?+
Sí. Cualquier extranjero puede comprar inmuebles en España sin restricciones. Solo necesitas NIE (Número de Identidad de Extranjero), cuenta bancaria española y medios de pago acreditados. Nosotros coordinamos los tres pasos en paralelo para que llegues a la firma sin fricciones.
¿Qué es el NIE y cómo lo tramito?+
El NIE es el identificador fiscal que España asigna a los extranjeros. Se solicita en el consulado español de tu país o, si ya estás en España, en una Oficina de Extranjería. Tarda entre 2 y 6 semanas según la vía. Podemos gestionarlo con un representante legal autorizado si prefieres no venir en persona.
¿Puedo obtener una hipoteca siendo no residente?+
Sí. Los principales bancos españoles (CaixaBank, Sabadell, BBVA, Santander) ofrecen hipotecas a no residentes hasta el 60-70% del valor de tasación, en vivienda habitual o segunda residencia. Requisitos habituales: DNI/pasaporte, 2 últimos IRPF del país de origen, 3 nóminas, justificante de patrimonio. El tipo suele ser ligeramente superior al residente.
¿Qué es la Golden Visa y cómo se obtiene?+
La Golden Visa española se concedía por inversión inmobiliaria de 500.000 € o superior (libre de cargas). En abril de 2025 el Gobierno anunció la retirada del programa vía inmobiliaria; consultamos siempre el estado legal actualizado antes de cualquier operación. Existen alternativas: visado de empresa, visado de investigador y Beckham Ley para teletrabajadores.
¿Puedo firmar la compraventa sin viajar a España?+
Sí. Se otorga un poder notarial a un apoderado (nuestro despacho aliado o un abogado de tu confianza) ante notario español o consulado español en tu país. Con el poder firmamos reserva, arras, hipoteca y compraventa en tu nombre. Muchos clientes internacionales completan la operación sin pisar España hasta la entrega de llaves.
¿Qué impuestos paga el comprador no residente?+
Los mismos que un residente: ITP 10% en Cataluña o 6% en Madrid sobre vivienda usada; IVA 10% + AJD en obra nueva. Adicionalmente, como propietario no residente pagas el IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes): 19% si eres UE/EEE, 24% si eres terceros países, sobre el rendimiento imputado o el alquiler. Te conectamos con asesor fiscal especializado.
¿Cómo hago llegar los fondos a España?+
Por transferencia SEPA (UE) o SWIFT (internacional) a la cuenta española. Importes superiores a 10.000 € requieren declaración en origen y destino (formularios S1 y E7). El notario exige que el día de la firma el cheque bancario esté emitido desde cuenta española a nombre del comprador. Nos encargamos del timing con tu banco.
¿Cuánto se tarda en total desde que decido comprar hasta las llaves?+
Entre 60 y 120 días es lo realista: 2-3 semanas para NIE y cuenta, 3-4 semanas para estudio hipotecario, 4-6 semanas entre arras y notaría. Operaciones en efectivo sin hipoteca se pueden cerrar en 30-45 días.
¿En qué idiomas trabajáis?+
Español, català e inglés. Si tu lengua es otra, trabajamos con traductores jurados para documentación oficial. Toda la comunicación puede ser bilingüe.
¿Necesito abogado español propio o es suficiente con vuestro asesor?+
Para operaciones estándar, coordinamos con un despacho aliado que revisa contratos y documentación sin coste añadido. Si prefieres contratar tu propio abogado (muy recomendable en operaciones altas o complejas), trabajamos codo con codo con él.